Si tenés aunque sea un empleado en relación de dependencia, la ART no es opcional: es una obligación legal. Y sin embargo, es uno de los seguros que más dudas genera entre los empleadores de Posadas y del interior de Misiones, sobre todo en rubros como el yerbatero, el forestal, la construcción y el comercio.

En esta guía te explico, sin vueltas, qué es la ART, quién está obligado, qué cubre realmente, cómo se calcula el costo y cuál es el paso a paso para contratarla.

En una línea: la ART es el seguro que cubre a tus empleados ante accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La paga íntegramente el empleador y es obligatoria desde el primer trabajador registrado.

¿Qué es la ART?

ART significa Aseguradora de Riesgos del Trabajo. Es la compañía que, según la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, se hace cargo de las prestaciones médicas y económicas cuando un trabajador sufre un accidente laboral o contrae una enfermedad profesional.

El sistema está regulado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y fue actualizado por la Ley 26.773 y, más recientemente, por la Ley 27.348, que estableció a las Comisiones Médicas como instancia administrativa previa obligatoria antes de ir a la Justicia.

¿Quién está obligado a contratar ART?

La respuesta corta: todo empleador con personal en relación de dependencia. No hay mínimo de empleados ni excepción por tamaño. Concretamente, están alcanzados:

  • Empresas y sociedades de cualquier tipo, con uno o más empleados.
  • Comercios y locales con personal registrado.
  • Profesionales independientes que contratan empleados (estudios contables, consultorios, estudios jurídicos).
  • Consorcios de propietarios que tienen encargado de edificio.
  • Asociaciones civiles, fundaciones y clubes con personal en relación de dependencia.
  • Productores agropecuarios, yerbateros y forestales con personal a cargo.

La única alternativa legal a contratar una ART es habilitarse como autoasegurado ante la SRT, algo reservado a empresas de gran envergadura que deben acreditar solvencia económica y servicios propios de salud. En la práctica, para la enorme mayoría de los empleadores de Misiones la vía es contratar una ART.

Importante: la cuota la paga el empleador

La ART es un costo íntegramente a cargo del empleador. No se le puede descontar ningún porcentaje al trabajador del recibo de sueldo. Se abona mensualmente junto con las cargas sociales, en la declaración F.931 de ARCA (ex AFIP).

¿Qué cubre la ART?

La cobertura alcanza tres contingencias: el accidente de trabajo, el accidente in itinere y las enfermedades profesionales incluidas en el listado oficial. Frente a cualquiera de ellas, la ART debe brindar dos grandes tipos de prestaciones.

Prestaciones en especie

Todo lo que es atención y recuperación

  • Asistencia médica y farmacéutica completa, sin costo para el trabajador, hasta el alta definitiva.
  • Prótesis y ortopedia que resulten necesarias por la lesión.
  • Rehabilitación hasta lograr la recuperación funcional posible.
  • Recalificación profesional cuando el trabajador no puede volver a su tarea anterior.
  • Servicio funerario en caso de fallecimiento.
Prestaciones dinerarias

La compensación económica

  • Incapacidad Laboral Temporaria (ILT): mientras el trabajador está de licencia. Los primeros 10 días los paga el empleador; a partir del día 11 los cubre la ART.
  • Incapacidad Permanente Parcial: indemnización según el porcentaje de incapacidad determinado por la Comisión Médica.
  • Incapacidad Permanente Total y Gran Invalidez: prestaciones de mayor cuantía, con pago adicional cuando el trabajador requiere asistencia permanente.
  • Fallecimiento: indemnización a los derechohabientes del trabajador.

Accidente de trabajo, in itinere y enfermedad profesional

ContingenciaQué significa
Accidente de trabajo Hecho súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, dentro del establecimiento o cumpliendo una tarea encomendada.
Accidente in itinere Ocurrido en el trayecto habitual entre el domicilio y el trabajo (o viceversa), sin desvíos por motivos particulares. Se puede declarar previamente un desvío por estudio, por llevar un hijo a la escuela o por atender a un familiar enfermo.
Enfermedad profesional Dolencia incluida en el listado oficial y causada por el agente de riesgo propio de la actividad. Por ejemplo, hipoacusia por exposición a ruido en aserraderos o afecciones respiratorias por polvo.

Lo que la ART no cubre

Quedan fuera los accidentes causados por dolo del trabajador, los provocados por fuerza mayor extraña al trabajo y las enfermedades no incluidas en el listado oficial, salvo que se reconozcan por la vía de la Comisión Médica. Tampoco cubre daños a terceros ni al patrimonio de la empresa: para eso van la Responsabilidad Civil y el seguro integral de comercio.

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Derecho laboral · Posadas, Misiones

¿Sufriste un accidente de trabajo o una enfermedad profesional?

Si la ART te rechazó la denuncia, te dieron el alta y seguís con dolor, o no sabés qué indemnización te corresponde, el estudio te asesora sin cargo. Se ocupan de la gestión ante la ART y la Comisión Médica, y del litigio judicial si hace falta.

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¿Cuánto cuesta la ART?

La cuota mensual se calcula con dos componentes: una suma fija por cada trabajador cubierto y un porcentaje sobre la masa salarial bruta declarada.

Ese porcentaje —la alícuota— no es igual para todos. Depende principalmente de tres factores:

FactorCómo impacta
Actividad declaradaEs el factor de mayor peso. Un estudio contable paga una alícuota muy inferior a la de una empresa constructora, un aserradero o una cosecha de yerba.
Siniestralidad históricaUna empresa con accidentes frecuentes paga más. Un buen historial permite negociar mejores condiciones en cada renovación.
Nómina y masa salarialLas nóminas más grandes suelen acceder a alícuotas proporcionalmente mejores.

Un dato que muchos pasan por alto: declarar mal la actividad para pagar menos es un error caro. Si ocurre un siniestro en una tarea que no se condice con la actividad declarada, la ART puede cuestionar la cobertura y el empleador queda expuesto. Conviene declarar exactamente lo que se hace.

Cómo contratar la ART: el paso a paso

  1. 1

    Reunir la información de la empresa

    CUIT, actividad principal y secundarias, domicilio de los establecimientos, nómina de personal con categorías y remuneraciones, y el historial de siniestralidad si ya tenías ART.

  2. 2

    Cotizar y comparar

    Con esos datos se piden alícuotas a las distintas aseguradoras. Acá es donde más se nota trabajar con un productor: las diferencias entre compañías para una misma actividad pueden ser significativas, y no todas tienen la misma red de prestadores médicos en Misiones.

  3. 3

    Firmar el contrato de afiliación

    Se completa y firma la solicitud junto con el contrato. La vigencia mínima es de 12 meses, con renovación automática salvo que se notifique el traspaso en tiempo y forma.

  4. 4

    Alta ante la SRT y entrega de credenciales

    La aseguradora registra el contrato ante la Superintendencia. Recibís las credenciales, la cartilla de prestadores y el número de urgencias, que hay que difundir entre todo el personal.

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    Cumplir las obligaciones de prevención

    Relevamiento de agentes de riesgo, exámenes médicos preocupacionales y periódicos, entrega de elementos de protección personal y capacitaciones documentadas en higiene y seguridad.

Obligaciones del empleador una vez contratada

Tener la póliza al día es el piso, no el techo. El empleador también debe:

  • Declarar altas y bajas de personal en tiempo y forma.
  • Denunciar todo accidente o enfermedad profesional apenas toma conocimiento.
  • Realizar los exámenes médicos que correspondan según los agentes de riesgo.
  • Capacitar al personal en prevención y dejar constancia firmada.
  • Proveer los elementos de protección personal adecuados a cada tarea.
  • Cumplir con las normas de higiene y seguridad y con las recomendaciones que formule la ART tras sus visitas.

¿Qué pasa si no tengo ART?

Es el escenario más caro de todos. Un empleador sin ART:

  • Responde con su propio patrimonio por todas las prestaciones médicas y dinerarias que hubiera debido cubrir la aseguradora. Un accidente grave puede significar una cifra que compromete la continuidad del negocio.
  • Queda expuesto a las multas de la SRT y a los aportes obligatorios al Fondo de Garantía.
  • Enfrenta un riesgo judicial mucho mayor, porque pierde el marco de reparación tarifada que ofrece el sistema.

Casos especiales

Monotributistas y autónomos

La ART cubre trabajadores en relación de dependencia. Si sos monotributista y trabajás solo, no estás obligado a tener ART para vos mismo. Ahora bien, si contratás aunque sea un empleado, la obligación aparece de inmediato. Para cubrirte personalmente existe el seguro de accidentes personales, que funciona con otra lógica y se contrata por separado.

Personal de casas particulares

El régimen de trabajadoras y trabajadores de casas particulares (Ley 26.844) tiene su propio esquema de cobertura de riesgos del trabajo, distinto al de la ART general. Si tenés personal doméstico registrado, conviene revisar el caso puntual.

Contratistas y subcontratistas

Si tercerizás trabajos —muy habitual en construcción, forestal y servicios—, exigí siempre el certificado de cobertura vigente con cláusula de no repetición a favor de tu empresa. Sin ese papel, ante un accidente del personal del contratista podés terminar siendo solidariamente responsable.

Para empleadores de Misiones: si tu actividad es yerbatera, forestal, de aserradero, construcción o turismo, prestá especial atención a la red de prestadores médicos de la ART en tu zona. No es lo mismo tener cobertura teórica que tener un centro habilitado cerca cuando ocurre un accidente en Oberá, Eldorado o Puerto Iguazú.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar de ART cuando quiera?

El contrato tiene una vigencia mínima de 12 meses. Cumplido ese plazo podés traspasarte a otra aseguradora, respetando los plazos de notificación que establece la normativa y siempre que no tengas deuda con la ART actual.

¿La ART cubre si el accidente fue culpa del trabajador?

Sí. El sistema de riesgos del trabajo es de responsabilidad objetiva: cubre aunque el trabajador haya sido negligente. La única excepción relevante es el dolo, es decir, la lesión autoprovocada de forma intencional.

¿Qué hago apenas ocurre un accidente?

Llamás de inmediato al número de urgencias de la ART, que indica el centro médico al que debe dirigirse el trabajador. Después presentás la denuncia formal del accidente. Nunca derives al trabajador a la obra social: la atención de un accidente laboral corre por cuenta de la ART.

¿El accidente in itinere se cubre si voy en moto?

Sí, el medio de transporte no cambia la cobertura, siempre que se trate del trayecto habitual y sin desvíos particulares. Lo que sí importa es cumplir con las condiciones legales de circulación.

¿Alcanza con la ART para cubrir todos los riesgos de mi empresa?

No. La ART cubre exclusivamente a tus empleados ante accidentes y enfermedades laborales. Los daños al local, al stock, a la maquinaria o a terceros requieren un seguro integral de comercio con Responsabilidad Civil. Son coberturas complementarias, no sustitutas.

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